El visado de turista para España es, en realidad, el visado Schengen de corta duración. Te permite estar hasta 90 días dentro de cualquier periodo de 180 en los 29 países del espacio Schengen, y la tasa general es de 90 euros. No hay un visado propio para turistas: el consulado lo llama visado de estancia, y es el mismo que se pide para visitar a la familia o para un viaje de negocios.
Antes de pedir cita conviene tener claras dos cosas. La primera, que no todo el mundo lo necesita. Por ejemplo: un colombiano o un peruano entra sin visado, y un ecuatoriano o un boliviano no. La segunda, que el consulado no se limita a contar papeles. Tiene que quedar convencido de que el viaje es real y de que vas a volver, y las dudas sobre tu regreso son un motivo de denegación.
En esta guía verás quién lo necesita, qué documentos y cuánto dinero tienes que acreditar y cómo se pide. También, cuánto cuesta, qué no te permite hacer y qué opciones tienes si te lo deniegan.
En 30 segundos
- Qué es: el visado de turista para España es el visado Schengen de corta duración, válido para un máximo de 90 días en cualquier periodo de 180.
- Quién lo necesita: los nacionales de los países del anexo I del Reglamento (UE) 2018/1806. En Latinoamérica, entre otros, Bolivia, Cuba, Ecuador y la República Dominicana.
- Cuánto cuesta y cuánto tarda: 90 euros (45 de 6 a 11 años y gratis para menores de 6) y 15 días naturales para resolver, ampliables a 45.
- Qué tienes que demostrar: un seguro médico de al menos 30.000 euros y 122,10 euros por persona y día de estancia, con un mínimo de 1.098,90 euros.
Qué es el visado de turista para España (y qué no)
El visado de turista para España es un visado Schengen tipo C, o visado uniforme, que expide el consulado de España para estancias de hasta 90 días en cualquier periodo de 180. Sirve para turismo, visitas familiares o viajes de negocios y vale en los 29 Estados del espacio Schengen.
No es una autorización de residencia, así que no permite vivir en España ni trabajar. Tampoco es un visado nacional (tipo D), el que se pide para estudiar más de 90 días, trabajar o residir. Y no es el ETIAS, la autorización de viaje que tendrán que pedir quienes no necesitan visado cuando empiece a funcionar.
En Latinoamérica se habla más de «visa para España» o de «visa de turista para España», y en muchos países también de «visa Schengen». Es el mismo documento, regulado por el Código de visados de la UE (Reglamento (CE) 810/2009).
Tipos de visado de corta duración
| Tipo | Para qué sirve |
|---|---|
| Tipo C de una entrada | Un solo viaje: al salir del espacio Schengen se agota, aunque te queden días. |
| Tipo C de dos o de varias entradas | Entrar y salir durante su validez, sin pasar de 90 días en 180. |
| Tipo C de validez larga | Viajeros frecuentes con buen historial: de 1 año, después de 2 y después de 5. |
| Tránsito aeroportuario (tipo A) | Cambiar de avión sin salir de la zona internacional. Solo para algunas nacionalidades. |
Quién necesita visado Schengen para viajar a España
Lo necesitan los nacionales de los países del anexo I del Reglamento (UE) 2018/1806. Los del anexo II entran sin visado para estancias de hasta 90 días. Cuenta la nacionalidad de tu pasaporte, no el país donde vives.
¿Qué países necesitan visado Schengen para entrar a España?
En Latinoamérica y el Caribe lo necesitan los nacionales de nueve países. El resto de la región entra sin visado para estancias cortas.
| Territorio | Necesitan visado | Entran sin visado |
|---|---|---|
| Latinoamérica y el Caribe | Belice, Bolivia, Cuba, Ecuador, Guyana, Haití, Jamaica, República Dominicana y Surinam | Argentina, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela, además de varios países del Caribe, como Barbados, Santa Lucía o Trinidad y Tobago |
| Otros países (ejemplos) | Marruecos, India, China, Filipinas, Nigeria y Pakistán, entre otros | Estados Unidos y Canadá, entre otros |
Si vives en los EE. UU. con una tarjeta de residencia o una visa de trabajo, tu pasaporte sigue siendo determinante. Un ciudadano indio o filipino que viva en Texas necesita la visa y debe solicitarla a través del consulado español correspondiente a su lugar de residencia, por lo general mediante un centro de solicitud de BLS International.
Hay un detalle que suele pasar desapercibido: la UE establece la lista, y esta puede cambiar. La UE puede suspender la exención de un país, como lo hizo con Vanuatu, que ahora figura en la lista de países que requieren visa. Consulta con tu consulado antes de viajar.
Familiares de ciudadanos de la UE y residentes en otro país Schengen
Los familiares de un ciudadano de otro país de la UE que viajan con él o van a reunirse con él en España tienen el visado gratis y con tramitación preferente (artículo 4 del Real Decreto 240/2007). Se incluyen el cónyuge o la pareja registrada, los hijos menores de 21 años o a cargo y los ascendientes a cargo. Los familiares de españoles tienen su propio régimen. Y si tienes una tarjeta de residencia en vigor de otro país Schengen, no necesitas visado para una estancia corta.
Si tu país no necesita visado: ETIAS
Si tu nacionalidad está exenta, entras con el pasaporte en vigor y cumpliendo las mismas condiciones de entrada. El ETIAS, la futura autorización de viaje por internet, todavía no funciona: la Comisión Europea anunciará la fecha con meses de antelación. Te lo contamos en la guía sobre cómo funcionan el EES y el ETIAS.
Requisitos del visado de turista: documentos, dinero y seguro
El consulado pide los mismos documentos básicos en todos los países y añade otros según el motivo del viaje. Lo importante es que todos cuenten la misma historia.
Checklist: requisitos para visado de turista a España
- Formulario de solicitud del visado Schengen, completo y firmado.
- Fotografía reciente, en color y con fondo claro.
- Pasaporte expedido en los últimos 10 años, válido 3 meses después de la salida prevista y con 2 páginas en blanco.
- Seguro médico de viaje con una cobertura mínima de 30.000 euros.
- Reserva del billete de ida y vuelta.
- Alojamiento: reserva de hotel o carta de invitación.
- Medios económicos: extractos bancarios, nóminas o tarjeta de crédito con su extracto.
- Vínculos con tu país: contrato de trabajo, matrícula, negocio o familia a cargo, lo que demuestre que vas a volver.
- Justificante de pago de la tasa.
Cuánto dinero tienes que demostrar
En España, 122,10 euros por persona y día, con un mínimo de 1.098,90 euros aunque el viaje sea más corto. Lo fija la Orden PRE/1282/2007: el 10% del salario mínimo por cada día y, como mínimo, el 90% de ese salario. El salario mínimo vigente es de 1.221 euros al mes (Real Decreto 126/2026).
| Días de estancia | Una persona | Dos personas |
|---|---|---|
| Hasta 9 días | €1,098.90 | €2,197.80 |
| 15 días | €1,831.50 | €3,663 |
| 30 días | €3,663 | €7,326 |
| 90 días | €10,989 | €21,978 |
Un matiz que verás en pocas webs: el Ministerio del Interior publica 121,10 euros al día, pero la norma y el salario mínimo vigente dan 122,10. Prepara siempre la cifra más alta.
Un ejemplo con números: una madre ecuatoriana que viene 30 días a ver a su hija en Madrid tiene que acreditar 3.663 euros. La carta de invitación de su hija prueba el alojamiento, y el dinero se acredita aparte. En la frontera, la orden admite efectivo, cheques de viaje o tarjeta con el extracto de la cuenta o una libreta actualizada, pero no cartas del banco ni extractos impresos de internet.
Seguro médico de viaje
El seguro para visado Schengen tiene que cubrir al menos 30.000 euros en asistencia médica urgente, hospitalización y repatriación, en todos los países Schengen y durante toda la estancia. Si la póliza empieza un día después de tu llegada o termina antes de tu regreso, no cumple el requisito.
Alojamiento y carta de invitación
Si te alojas en un hotel, basta con la reserva. Si vas a casa de un familiar o de un amigo, el alojamiento se acredita con la carta de invitación, que tramita tu anfitrión ante la Policía Nacional. Un apunte práctico: se pide con cita previa, así que conviene que empiece antes que tú.
Viajes de negocios y visitas de empresa
Si una empresa española invita a un cliente, a un proveedor o a un empleado de su filial, el visado es el mismo. El consulado pide una carta de la empresa con el objeto y la duración del viaje, y un documento que acredite el puesto del viajero. Sirve para reuniones, negociaciones, ferias o congresos, pero no para trabajar: si hay que prestar servicios, corresponde una autorización de trabajo o un traslado intraempresarial, que gestionamos con nuestro servicio de inmigración de negocios.
Cómo pedir el visado de turista para España paso a paso
Se pide en el consulado de España que corresponde a tu lugar de residencia, o en su centro externo, entre seis meses y quince días antes del viaje.
- Confirma que España es tu destino principal. Si visitas varios países, se pide al país donde pasarás más días o que motiva el viaje. Si no hay uno principal, al de la primera entrada.
- Localiza tu consulado y su centro de solicitudes. En muchos países se entrega en un centro externo, como BLS International, pero decide el consulado. Búscalo en los servicios consulares del Ministerio de Asuntos Exteriores.
- Rellena el formulario con los mismos datos que tus documentos: fechas, alojamiento y quién paga el viaje.
- Reúne los documentos de la checklist y comprueba si tu consulado pide traducción.
- Pide cita y paga la tasa. Las solicitudes se atienden por orden de llegada, y tener el viaje cerca no da prioridad.
- Acude a la cita. Te toman las huellas, salvo que ya te las tomaran para otro visado en los 59 meses anteriores o seas menor de 12 años, y te dan un resguardo.
- Recoge el pasaporte con el visado pegado o con el impreso de denegación.
Resumen de los pasos
- Confirma el destino principal.
- Localiza tu consulado.
- Rellena el formulario.
- Reúne los documentos.
- Pide cita y paga la tasa.
- Acude a la cita.
- Recoge el pasaporte.
Un consejo de calendario: la Embajada de España en La Paz recomienda presentar la solicitud con al menos 30 días hábiles de antelación, aunque el mínimo sean 15 días. Tómalo como referencia y súmale lo que tarde en salir tu cita.
Cuánto cuesta y cuánto tarda el visado de turista
La tasa general es de 90 euros, y el consulado tiene 15 días naturales para resolver, ampliables a 45 si necesita más documentos o una entrevista.
| Quién | Tasa del visado |
|---|---|
| 12 años o más | €90 |
| De 6 a 11 años | €45 |
| Menores de 6 años | Gratis |
| Familiares de ciudadanos de otros países de la UE que viajan con él o van a reunirse con él | Gratis |
| Cargo del centro externo, si lo hay | Aparte. Con carácter general, hasta 45 euros |
También están exentos otros colectivos, como los investigadores o los estudiantes en viajes de estudios. Y ojo: la tasa no se devuelve si el visado se deniega, así que conviene presentar el expediente completo a la primera.
¿Cuánto tarda un visado para España?
Quince días naturales desde que presentas una solicitud admisible, como regla general. Puede llegar a 45 días si el consulado revisa documentos adicionales o te hace una entrevista, y en casos urgentes justificados puede resolver antes. Súmale el tiempo hasta conseguir cita.
Cuánto tiempo puedes estar en España y qué no te permite el visado
Puedes quedarte los días que marque tu visado y nunca más de 90 en cualquier periodo de 180, sumando todos los países Schengen.
¿Cuánto dura el visado de turista en España?
Lo que marque tu etiqueta, que tiene unas fechas de validez, un número de entradas y unos días de estancia. Los días de estancia mandan. Si el visado vale del 1 de junio al 30 de septiembre, pero te concede 30 días, el día 31 estarías en situación irregular aunque la etiqueta siga en vigor.
Un ejemplo para aterrizarlo: una turista dominicana con un visado de dos entradas y 30 días entra en Madrid el 1 de julio y sale a Marruecos el 20. Ha gastado 20 días, porque cuentan el de entrada y el de salida. Si vuelve el 1 de agosto, puede quedarse 10 días más. Para hacer la cuenta con tus fechas, usa nuestra calculadora Schengen.
¿Con visado de turista se puede trabajar en España?
No. El visado de estancia no autoriza a trabajar en España, ni por cuenta ajena ni por cuenta propia: para eso hace falta una autorización de residencia y trabajo. Si tu idea es quedarte, hay vías legales para estudiar, trabajar o reunirte con tu familia, y casi todas se piden antes de viajar.
El visado no garantiza la entrada: en la frontera pueden volver a pedirte el billete de vuelta, el alojamiento y el dinero. Además, el Sistema de Entradas y Salidas (EES), plenamente operativo desde el 10 de abril de 2026, registra con datos biométricos cada entrada y cada salida. Quedarse más tiempo del autorizado es una infracción grave, con multa de 501 a 10.000 euros o expulsión.
Errores que hacen denegar un visado de turista (y cómo recurrir)
El artículo 32 del Código de visados enumera los motivos de denegación, y otros fallos hacen que la solicitud ni siquiera se tramite. Muchos no dependen de tu perfil, sino de cómo se prepara el expediente.
- Datos que no cuadran: fechas del formulario distintas a las de la reserva o el seguro.
- Un seguro corto que no cubre todo el viaje o no llega a 30.000 euros.
- Medios económicos poco claros: un ingreso grande justo antes de pedir el visado, sin explicación.
- Pocos vínculos con tu país: nada que demuestre que vas a volver.
- Consulado equivocado: si España no es tu destino principal, el consulado no es competente y la solicitud no sigue adelante.
- Estancias anteriores irregulares: haber superado los 90 días en viajes previos.
Si te lo deniegan, recibirás un impreso con el motivo. Puedes presentar un recurso de reposición en un mes ante la misma oficina consular, o un recurso contencioso-administrativo en dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Como algunas oficinas, por ejemplo la Embajada en La Paz, hablan de 30 días naturales, lo prudente es contar 30 días desde la notificación.
También puedes presentar una solicitud nueva corrigiendo lo que falló. Si no tienes claro por qué te lo denegaron, conviene que lo revisen abogados de extranjería en España antes de volver a pagar la tasa.
Pedir el visado de turista es sencillo sobre el papel. Lo que más ayuda es que cada documento cuente la misma historia: por qué vienes, dónde te alojas, con qué dinero y por qué vas a volver.
En ILLAY Legal revisamos tu expediente antes de la cita y te decimos qué conviene reforzar. Si ya te lo han denegado, estudiamos el motivo y si compensa recurrir o volver a solicitarlo. Lo hacemos con gestión 100% online y en tu idioma, y también te acompañamos si buscas una vía para vivir aquí con nuestro servicio de inmigración en España. Cuéntanos tu nacionalidad, dónde vives, cuándo quieres viajar y si has tenido algún visado denegado, y te diremos qué documentos reforzar antes de pedir la cita.
Preguntas frecuentes sobre el visado de turista para España
¿Puedo cambiar el visado de turista a estudiante en España?
Sí, en algunos casos y sin salir de España. Si eres mayor de edad, vas a cursar estudios superiores y estás en situación regular, puedes pedir la autorización de estancia por estudios en la Oficina de Extranjería o en la sede electrónica Mercurio. Tienes que presentarla al menos dos meses antes de que termine tu estancia autorizada y dos meses antes de empezar el curso. Con 90 días de estancia, el margen real es el primer mes. Lo explica el Ministerio de Inclusión en su hoja sobre el Real Decreto 1155/2024; si tu caso no encaja, el visado de estudiante se pide desde tu país.
¿Se puede prorrogar el visado de turista?
Solo en casos excepcionales. El Código de visados permite ampliar la estancia por fuerza mayor o razones humanitarias, sin coste, o por motivos personales graves, con una tasa de 30 euros. Una enfermedad que te impide viajar o la cancelación de los vuelos son ejemplos claros; alargar las vacaciones, no. En España se pide ante la Policía Nacional antes de que caduque el visado, con pruebas como un informe médico. Si te la deniegan, tendrás que salir de España.
¿Puedo entrar por otro país Schengen y visitar otros con el visado de España?
Sí. El visado uniforme vale en todo el espacio Schengen, así que puedes aterrizar en Lisboa o en París y llegar a España después, salvo que tu etiqueta tenga validez territorial limitada. Lo que no conviene es cambiar el plan que presentaste. Si pediste el visado a España como destino principal y pasas casi todo el viaje en otro país, la policía de frontera puede hacerte preguntas. Vigila también las entradas, porque un vuelo a Londres, fuera de Schengen, gasta una al volver.
¿Un menor necesita su propio visado de turista?
Sí. Cada menor que necesita visado presenta su propia solicitud, firmada por quien tiene la patria potestad o la tutela. Paga 45 euros de 6 a 11 años, nada por debajo de los 6 y la tasa completa desde los 12, y a los menores de 12 no se les toman las huellas. Si viaja solo o con uno de los padres, consulados como el de Quito piden el permiso notarial de los padres o del tutor, además de la partida de nacimiento. Revisa la ficha de tu consulado, porque los documentos varían.
¿Hace falta tener el billete y el hotel pagados antes de pedir el visado?
No. Los consulados piden la reserva del billete de ida y vuelta, no un billete comprado, y con el hotel basta también la reserva. Lo prudente es reservar con cancelación gratuita y no pagar vuelos sin reembolso hasta tener el visado en el pasaporte. Eso sí, la reserva tiene que ser real y coincidir con las fechas del formulario y del seguro, porque presentar documentos falsos es motivo de denegación. Si te alojas con un familiar, en lugar del hotel va su carta de invitación.
¿Puedo seguir el estado de mi solicitud por internet?
Sí. Al presentar la solicitud te entregan un resguardo con un código, y con él puedes consultar en qué punto está en Su Trámite Consular, la web del Ministerio de Asuntos Exteriores (sutramiteconsular.maec.es). Ver la solicitud «en trámite» durante días es normal: el plazo de 15 días cuenta desde que la solicitud es admisible, no desde que pides cita. Si se supera el plazo sin noticias, escribe al consulado por los canales de su web e incluye tu número de solicitud.
¿Me conviene contratar a un abogado para pedir el visado?
No es obligatorio, y mucha gente lo consigue por su cuenta. Tiene sentido cuando tu caso tiene algo que explicar: una denegación anterior, ingresos difíciles de acreditar, un viaje largo o la invitación de una empresa. Un abogado no puede garantizarte el visado, porque decide el consulado, pero sí revisar que el expediente sea coherente antes de pagar la tasa y preparar el recurso si te lo deniegan. Desconfía de quien te prometa el visado o citas rápidas a cambio de dinero.


