Nacionalidad española para menores: requisitos, tasas y exención del examen

Nacionalidad Española para Menores, Requisitos y tasas

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Como padre o madre extranjero residente en España, probablemente tengas un objetivo claro: asegurar el futuro de tus hijos y darles la estabilidad que ofrece un pasaporte europeo. ¿Sabías que el trámite para tus hijos suele ser mucho más sencillo, rápido y barato que para los adultos?

Muchos desconocen que los niños disfrutan de enormes ventajas, como librarse de los temidos exámenes de cultura. En esta guía vamos a desglosar paso a paso cómo tramitar la nacionalidad española para menores, sin perderte en el laberinto burocrático.

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Las dos vías principales: ¿Residencia o Opción?

Este es el primer cruce de caminos donde debes detenerte. No existe una única forma de pedir los papeles para tu hijo; depende de dónde nació y de tu propia situación legal. Elegir la vía correcta te ahorrará meses de espera.

Nacionalidad por Residencia (El camino estándar)

Se aplica cuando el menor es extranjero, vive legalmente en España con su tarjeta de residencia y cumple los plazos que marca la ley (que veremos más abajo). Es la vía habitual para niños que nacieron aquí o que vinieron contigo desde vuestro país.

Nacionalidad por Opción (La vía exprés derivada)

Esta es una joya legal. Si tú, como padre o madre, obtienes la nacionalidad española, tus hijos menores de edad pueden "optar" a ella automáticamente. Es un derecho derivado de ti. Este proceso suele ser burocráticamente más ligero porque no exige demostrar tiempos de residencia del menor, sino tu vínculo con él.

Requisitos para Nacionalidad por Residencia (El caso más común)

Si los padres aún sois extranjeros, la vía será la residencia. Aquí el requisito rey es demostrar una residencia legal y continuada en España previa a la solicitud. Ojo: el niño debe tener tarjeta de residencia en vigor; no vale estar con visado de turista, estancia de estudios o en situación irregular.

Plazos de residencia exigidos al menor:

  • Nacidos en España: Solo necesitan 1 año de residencia legal. Es la vía más rápida y privilegiada.
  • Refugiados: Requieren 5 años.
  • Nacionales de países iberoamericanos: (Incluye Brasil, Portugal, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial) Requieren 2 años.
  • Regla general: Para el resto de nacionalidades no nacidos en España, se exigen 10 años.

Documentación necesaria para el expediente del menor

Preparar la carpeta de papeles es el 80% del éxito. Ten en cuenta que cualquier documento que venga de fuera de España debe estar legalizado (o apostillado) y traducido por traductor jurado si no está en castellano.

Documentos del menor

Necesitarás el certificado de nacimiento de su país de origen (completo), su Pasaporte completo (escaneo de todas las páginas, incluso las vacías) y su Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor. Un consejo de experto: añade el certificado de matrícula del centro escolar, aunque no siempre aparezca como obligatorio en la lista oficial, es la prueba de oro de su integración.

Documentos de los padres

No os olvidéis de vosotros. Debéis aportar vuestros pasaportes completos y TIEs vigentes. Además, es vital el certificado de empadronamiento familiar (histórico y colectivo) para demostrar la convivencia con el menor, y en ocasiones, vuestros propios certificados de nacimiento.

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La edad importa: ¿Quién firma y quién jura?

El proceso no es igual para un bebé que para un adolescente. La capacidad legal del menor cambia al cumplir los 14 años y esto afecta a quién debe ir al registro o firmar digitalmente.

Menores de 14 años

Los padres (ambos representantes legales) firman y gestionan absolutamente todo. El niño no tiene que ir a firmar la solicitud ni tampoco debe realizar la Jura de Nacionalidad al final. Es un trámite puramente administrativo para los padres.

Mayores de 14 años (14-17)

Aquí cambia la cosa. El menor debe firmar la solicitud, aunque asistido por sus padres. Y lo más importante: al final del proceso, cuando concedan la nacionalidad, el menor deberá realizar la Jura de Nacionalidad presencialmente (prometer fidelidad al Rey y la Constitución) para obtener su DNI.

La gran ventaja: Exención de exámenes (CCSE y DELE)

Si has tramitado tu propia nacionalidad, sabrás el estrés que causan los exámenes del Instituto Cervantes (la prueba de conocimientos CCSE y la de idioma DELE). Tengo una excelente noticia: los menores de 18 años están exentos de estas pruebas.

No tienen que estudiar leyes ni demostrar nivel de español con un examen oficial. La administración presume su integración mediante la escolarización obligatoria. Por eso insistíamos antes en la importancia de aportar los certificados del colegio o instituto: son su "pasaporte" para saltarse los exámenes.

Tasas y coste del trámite (Modelo 790)

El trámite no es gratuito, pero tampoco excesivo. Debes pagar la tasa administrativa mediante el Modelo 790 código 026. El precio actual ronda los 104,05€ (tarifa sujeta a actualizaciones anuales, verifícala en la web del Ministerio de Justicia antes de pagar).

Detalle importante: La tasa es por solicitud, no por familia. Si vas a presentar los expedientes de tres hijos, deberás pagar tres tasas independientes.

Preguntas frecuentes sobre menores y nacionalidad

¿Qué pasa si los padres están divorciados?

Este es un punto conflictivo. La ley exige el consentimiento de ambos progenitores para pedir la nacionalidad del menor, ya que es una decisión de patria potestad (no solo de custodia). Si uno de los padres se opone o está ilocalizable, necesitarás una autorización judicial del Juez del Registro Civil para poder avanzar con el expediente.

¿Puede un niño nacido en España ser español si los padres son irregulares?

Por norma general, no automáticamente. El niño nace extranjero (con la nacionalidad de los padres). Sin embargo, si demostráis que vuestro país de origen no reconoce al niño (dejándolo apátrida), podría optar a la nacionalidad por simple presunción. Si no es ese caso, primero debéis conseguirle la residencia legal al niño y, tras un año, pedir la nacionalidad.

¿Cuánto tarda en salir la resolución para un niño?

Los tiempos varían, pero el Ministerio de Justicia suele tardar entre 1 y 3 años por la vía administrativa normal. Existe la opción de interponer un Recurso Contencioso ante la Audiencia Nacional (pagando abogado y procurador) para acelerar la respuesta a unos 6-8 meses, pero es una vía más costosa.

Darle a tu hijo la ciudadanía es, sin duda, el mejor regalo para su futuro profesional y personal en Europa. Aprovecha que están exentos de exámenes y que los plazos son reducidos. Revisa la fecha de caducidad del pasaporte de tu hijo antes de empezar y solicita la nacionalidad española para menores cuanto antes; el tiempo juega a vuestro favor.

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