¿Quién debe presentar el modelo 347? Guía completa

Who should file form 347

El modelo 347 es una declaración informativa clave dentro del sistema tributario español. En 2025, sigue siendo un requisito obligatorio para ciertos contribuyentes, aunque existen excepciones y novedades que deben tenerse en cuenta. Conocer en profundidad qué es y quiénes están obligados a presentar el modelo 347 te ayudará a cumplir con tus obligaciones sin errores ni sanciones.

Te invitamos a continuar leyendo ya que aquí te explicaremos todo lo que necesitas saber sobre este modelo y los cambios más recientes para 2025. ¡Despeja todas tus dudas!

Tabla de contenidos

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¿Qué es el modelo 347?

El modelo 347 es una declaración informativa anual que deben presentar las empresas, autónomos y entidades que hayan realizado operaciones con terceros por un importe superior a 3.005,06 euros durante el año natural. Su principal objetivo es proporcionar a la Agencia Tributaria información detallada sobre las transacciones comerciales, permitiendo un mayor control fiscal y transparencia en las relaciones económicas.

Características principales del modelo 347

  • Declaración informativa: No implica el pago de impuestos, pero es obligatoria para ciertos contribuyentes.

  • Presentación anual: Se presenta una vez al año y recoge todas las operaciones del ejercicio fiscal anterior.

  • Límite de declaración: Solo se incluyen operaciones con un mismo tercero que superen los 3.005,06 euros (IVA incluido).

  • Obligación telemática:: Debe presentarse exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.

Este modelo permite a Hacienda cruzar información entre contribuyentes, verificando la coherencia de los datos y previniendo posibles fraudes o irregularidades fiscales.

¿Quién debe presentar el modelo 347?

El modelo 347 es obligatorio para aquellas personas físicas y jurídicas que hayan superado el umbral de 3.005,06 euros en operaciones con un mismo tercero durante el año fiscal. Esto incluye a:

Sujetos obligados a presentar el modelo 347

  • Autónomos y empresas: Siempre que mantengan operaciones comerciales con terceros que superen el límite establecido.

  • Entidades sin ánimo de lucro y comunidades de propietarios: Si han realizado operaciones sujetas a declaración.

  • Profesionales liberales: Abogados, arquitectos, consultores y otros profesionales que facturen más de 3.005,06 euros a un mismo cliente o proveedor.

  • Arrendadores de bienes inmuebles: Si han recibido ingresos por alquileres que superen el umbral de declaración.

  • Administraciones públicas: Incluye ayuntamientos y organismos oficiales que realicen compras o contrataciones de bienes y servicios.

Es importante recordar que no solo deben declarar quienes venden productos o prestan servicios, sino también quienes reciben bienes o contratan servicios que superen el límite estipulado.

¿Quiénes están exentos de presentar el modelo 347?

No todos los contribuyentes están obligados a presentar el modelo 347. Existen excepciones según la normativa vigente. Conoce quienes están exentos de esta presentación:

Contribuyentes exentos de presentarlo

  • Empresas y autónomos acogidos al SII (Suministro Inmediato de Información del IVA): Sus operaciones ya se reportan en tiempo real a la Agencia Tributaria.

  • Contribuyentes que solo han realizado operaciones exentas de IVA : Como actividades relacionadas con sanidad, educación o servicios financieros.

  • Autónomos en régimen de estimación objetiva (módulos): Siempre que no hayan realizado operaciones fuera de este sistema.

  • Operaciones ya declaradas en otros modelos fiscales, como::
    • Modelo 180 (retenciones en arrendamientos urbanos).
    • Modelo 190 (retenciones del IRPF de trabajadores y profesionales).
    • Modelo 349 (operaciones intracomunitarias).
    • Modelos 303 y 390 (declaraciones de IVA).

Es crucial revisar si las operaciones ya fueron reportadas en otro formulario para evitar errores o duplicidades.

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Modelo 347: Actualización 2025

Cada año, la Agencia Tributaria introduce ajustes en la normativa para mejorar la fiscalización y el cumplimiento tributario. Estas son las novedades clave para 2025:

Principales cambios en 2025

  • Inclusión de ciertos autónomos en módulos: Se está evaluando incorporar en el modelo 347 algunas operaciones que antes estaban exentas.

  • Mayor control sobre arrendamientos comerciales: Se intensificará la supervisión de los alquileres de locales comerciales para evitar el fraude fiscal.

  • Mejoras en la presentación telemática: Se optimizará el cruce de datos con otros modelos tributarios para reducir errores e inconsistencias.

  • Endurecimiento de sanciones por errores o presentaciones fuera de plazo: Se busca incentivar el cumplimiento normativo y evitar declaraciones incorrectas.

Modelo 347: Una herramienta clave para la fiscalidad en España

El modelo 347 es un pilar fundamental en la supervisión de las operaciones económicas en España. Su correcta presentación garantiza la transparencia fiscal y evita sanciones innecesarias. Conocer quién debe presentar el modelo 347 y las novedades para 2025 es clave para evitar problemas con la Agencia Tributaria.

Si eres autónomo, empresario o gestor y tienes dudas sobre la presentación del modelo 347, contar con un asesor fiscal especializado puede marcar la diferencia. ¡Asegúrate de cumplir con tus obligaciones tributarias de manera eficiente y sin complicaciones!

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Descargo de responsabilidad: Este artículo es meramente informativo y puede contener errores o no estar actualizado. No constituye asesoramiento jurídico. Para una consulta inicial y actualizada, ponte en contacto con nosotros.Uno de nuestros abogados expertos te ayudará.

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